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lunes, 13 de agosto de 2012

Ley 6/2012, de 2 de agosto, de acompañamiento de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantía de los Servicios Sociales Básicos de Castilla-La Mancha.


En el DOCM de 6 de Agosto de 2012 se ha publicado la siguiente disposición:


Ley 6/2012, de 2 de agosto, de acompañamiento de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantía de los Servicios Sociales Básicos de Castilla-La Mancha.




La presente Ley se estructura en dos títulos. El Título I contiene las medidas en materia de contención del gasto público y se compone de 6 artículos. El Título II introduce una serie de reformas legislativas sobre la Ley 11/1997, de 17 de diciembre de creación de la empresa pública “Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha”.

En el Título I, el artículo 1 regula la prolongación de la permanencia en el servicio activo. Esta medida pretende contribuir a racionalizar las plantillas adecuando las mismas a las necesidades reales que derivan de la prestación de los servicios públicos. El artículo 2 dispone la habilitación al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Junta para adoptar en los términos que resulten necesarios, según la competencia de autoorganización de la Junta de Comunidades en virtud del artículo 31 del Estatuto de Autonomía, la reducción de la jornada de los puestos de trabajo ocupados por personal interino. Esta propuesta se muestra como una medida imprescindible para la consecución de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera que debe enmarcarse en el contexto económico nacional e internacional difícil al que venimos aludiendo, ocasionado, en el caso castellano manchego, por un engrosamiento innecesario de los efectivos al servicio de la administración.

El artículo 3 introduce un avance en los derechos del empleado público y en el estatuto del personal al servicio de la administración, por cuanto flexibiliza las causas de reducción de la jornada, permitiendo la elección de este mecanismo de manera voluntaria y sin requisitos añadidos. Facilita, por tanto a los empleados públicos que puedan reducir su jornada voluntariamente sin exigir la concurrencia de ninguna circunstancia particular. Esta disposición, no sólo contribuirá a permitir una mayor conciliación de la vida personal y familiar en supuestos no contemplados por la normativa vigente, sino que además ayudará a la consecución de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, sin que ello tenga que implicar detrimento en la prestación de servicios, puesto que la concesión de la reducción quedará siempre condicionada a las necesidades del servicio.

El artículo 4 pretende fomentar que el personal funcionario de carrera y el personal estatutario fijo puedan solicitar excedencia, con el consiguiente ahorro retributivo que ello supone y la contribución a una mayor conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

El artículo 5 permite que el personal funcionario y el personal estatutario puedan solicitar licencias no retribuidas por asuntos propios, flexibilizando el régimen de su regulación con igual consecuencia y finalidad que el artículo precedente.


El Título II introduce en su artículo 7 una disposición relativa a la reorganización de la estructura del sector público autonómico, en virtud de la capacidad de autoorganización que compete a la Junta. De esta forma, se suprime del artículo primero de la Ley 11/1997, de 17 de diciembre de creación de la empresa pública “Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha” (conocida con el acrónimo Gicaman) la adscripción a la Consejería de Hacienda. En línea con tal modificación, se introduce una disposición que regula la actual adscripción de la empresa pública. Y finalmente, se modifica el objeto social de la empresa adecuándolo a las necesidades reales de la administración a la que sirve, una vez realizado el proceso de simplificación del sector público autonómico, y por tanto a la persecución del interés público.


Disposición Adicional Tercera. Medidas sobre el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.



Orden de 08/08/2012, de la Consejería de Hacienda, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2012. Junta de Castilla la Mancha



En el DOCM de 13 de Agosto de 2012 se ha publicado la siguiente disposición:

Orden de 08/08/2012, de la Consejería de Hacienda, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2012.



En cumplimiento de los mandatos legales, se dictan unas normas y se establecen una serie de procedimientos que tienen por objeto una correcta ejecución de los presupuestos autonómicos para este ejercicio. Por una parte, se pretende instaurar una adecuada disciplina presupuestaria, y por otra, potenciar aquellas medidas dirigidas a procurar la racionalización del gasto. Todo ello, responde a una finalidad última: lograr el eficaz cumplimiento de los objetivos previstos en la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2012, que no son otros que garantizar la prestación de los servicios esenciales en la Comunidad Autónoma en un marco de sostenibilidad financiera, siguiendo la hoja de ruta marcada tanto por el Plan de Garantía de los Servicios Sociales Básicos, como por el Plan Económico-Financiero de Reequilibrio para Castilla-La Mancha 2012-2014.

Líneas de Crédito para emprendedores. Castilla la Mancha

LÍNEAS DE CRÉDITO PARA EMPRENDEDORES en CASTILLA LA MANCHA

El Gobierno de Castilla-La Mancha, fruto de su compromiso con los emprendedores, ha firmado cuatro líneas de financiación con Globalcaja, Caja Rural y Microbank-La Caixa por un importe total de 63,5 millones de euros destinados a que cualquier buena idea pueda convertirse en un buen negocio.

(PINCHAR SOBRE LA IMAGEN)

jueves, 9 de agosto de 2012

SUBVENCIONES DESTINADAS A EMPRENDEDORES PARA LA CONSTITUCIÓN DE ORGANIZACIONES PREVENTIVAS. Castilla la Mancha

SUBVENCIONES DESTINADAS A EMPRENDEDORES PARA LA CONSTITUCIÓN DE ORGANIZACIONES PREVENTIVAS

La Junta de Comunidades de Castilla la Mancha ha convocado las subvenciones destinadas a emprendedores para la constitución de organizaciones preventivas.

El plazo para presentar las solicitudes finaliza el próximo 31 de Agosto.

Dejamos un enlace con toda la información y documentos necesarios para la tramitación de dichas ayudas.


martes, 19 de junio de 2012

Liquidación telemática MODELO 620 Castilla la Mancha

Liquidación telemática MODELO 620 Castilla la Mancha

Este despacho ha sido autorizado por la Dirección General de Tributos de Castilla la Mancha para proceder a la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (MODELO 620) en cuanto a la TRANSFERENCIA DE VEHÍCULOS dentro de la comunidad autónoma de Castilla la Mancha.

Por ello, se pone en conocimiento de los Sres. clientes tal circunstancia, que viene a completar la TRANSMISIÓN TELEMÁTICA (CTIT) que desde hace unos meses venimos utilizando para la MATRICULACIÓN, TRANSFERENCIA y BAJAS de la mayoría de los vehículos.

viernes, 15 de junio de 2012

Ayudas de Emergencia Social de Castilla la Mancha

Ayudas de Emergencia Social de Castilla la Mancha

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado las bases reguladoras para la concesión de Ayudas de Emergencia Social, así como la convocatoria de las mismas para el ejercicio 2012, que se concederán con el denominado régimen de evaluación individualizada, por importe de 2,9 millones de euros. 

 En su edición de este viernes, recogida por Europa Press, el DOCM explica que por un lado estas ayudas son prestaciones no periódicas destinadas a atender situaciones “de urgente y grave necesidad, excepcionales y previsiblemente irrepetibles, que no puedan ser atendidas a través de ningún otro recurso”, con el fin de prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social y favorecer la integración de las personas. Para este tipo de ayudas se destinarán 2,4 millones de euros. Asimismo, es objeto de estas ayudas la necesidad de hacer frente a la adecuación de la vivienda, su adaptación, rehabilitación o acondicionamiento, de manera que alcance los niveles mínimos exigibles para la dignidad de sus moradores en el medio que les rodea. 

Estas actuaciones, que estarán financiadas con 500.000 euros, irán destinadas a paliar las consecuencias de siniestros o daños acaecidos que tengan el carácter de extraordinario; cooperar mediante la adecuación de la vivienda a la integración social de personas o familias a través de una urgente intervención social; y contribuir a erradicar situaciones infrahumanas en el alojamiento de personas que, integradas socialmente de acuerdo con su edad y demás circunstancias, sólo precisan de una rápida actuación para alcanzar un nivel mínimo de habitabilidad en su vivienda. 

REQUISITOS 

Serán requisitos generales para ser persona beneficiaria residir en Castilla-La Mancha con al menos un año de antelación inmediatamente previo a la solicitud o haber nacido en alguno de los municipios del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma; ser mayor de edad; encontrarse en situación de emergencia social; y no haber recibido otras prestaciones para la misma finalidad de cualquier Administración Pública o entidad privada; y no ser propietario o usufructuario de bienes muebles o inmuebles, excepto la vivienda de uso habitual. 

Para ser persona beneficiaria de las ayudas de adecuación de la vivienda, además de los requisitos generales, se exigirá encontrarse en situación de emergencia social, usar como vivienda habitual y permanente aquella para la que se pide la ayuda; no tener la propiedad o titularidad de un derecho real de goce o arrendamiento de más de una vivienda; y no formular dentro de cada año natural una nueva petición de esta ayuda, cualquiera que haya sido el resultado de la precedente, salvo cambio sustancial de las circunstancias.

DOCM 15-6-12


martes, 20 de marzo de 2012

lunes, 5 de marzo de 2012

SERVICIOS ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA --ÁREA ADMINISTRATIVA- FISCAL--.

Desde GESTORÍA ADMINISTRATIVO- JURÍDICA queremos ofrecer a nuestros visitantes los servicios que prestamos en relación a la Administración Autonómica, concretamente:

A.- TRÁMITES ante las Consejerías de HACIENDA y ECONOMÍA en relación a los IMPUESTOS DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES ONEROSAS Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS (MODELO 600), de DONACIONES Y SUCESIONES (MODELOS 650 y 651).

B.- TRÁMITES ante las Consejerías de AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE en relación a:

    - VIÑEDO, OLIVAR, CEREALES, etc... (PAC).
   - REGISTRO VITÍCOLA, DERECHOS DE VIÑEDO, ARRANQUE DE VIÑEDO,    PLANTACIÓN, ETC...
    - AYUDAS COMUNITARIAS y ESTATALES.
    - LICENCIAS DE CAZA y AUTORIZACIONES DE CAZA.
    etc...

C.- TRÁMITES ante las Consejerías de FOMENTO y OBRAS PÚBLICAS en relación a la OBTENCIÓN y RENOVACIÓN DE TARJETAS DE TRANSPORTE.

D.- TRÁMITES ante las Consejerías de EMPLEO y TRABAJO en relación a la OBTENCIÓN de AYUDAS para el AUTOEMPLEO, CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES, BONIFICACIONES, etc...

E.- ASISTENCIA TÉCNICA en cuanto a la CONSULTA Y ESTADO DE TRAMITACIÓN de EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS tramitados por la Administración Autonómica.

... entre otros.

Si desea acceder a cualquiera de estos servicios o realizar cualquier consulta sobre los mismos, no dude en remitirnos un correo electrónico a nuestra dirección: gamartinezmayordomo@hotmail.com con su nombre, apellidos, localidad, provincia y un número de teléfono, y en el plazo de UN DÍA HÁBIL tendrá una respuesta.